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INTRODUCCIÓN

La Bitácora Ambiental es un especio web creado como fuente de información para dar a conocer el registro de todas las etapas y actividades del proceso de elaboración del Programa de Ordenamiento Ecológico Local (POEL) para Juanacatlán, en el cual se encontrará entre otros, el convenio de coordinación, sesiones del comité y su reglamento interno, los resultados de talleres, documentos, mapas, tablas y bases de datos que faciliten la consulta del programa.

La Bitácora Ambiental tiene como objeto:

  • Proporcionar e integrar información actualizada sobre el proceso de ordenamiento ecológico;
  • Ser un instrumento para la evaluación del cumplimiento de los acuerdos asumidos en el proceso y la efectividad de los lineamientos y estrategias ecológicas en la solución de los conflictos ambientales;
  • Fomentar el acceso de cualquier persona a la información relativa al proceso de ordenamiento ecológico; y
  • Promover la participación social corresponsable en la vigilancia de los procesos de ordenamiento ecológico.

MARCO JURÍDICO

ANTECEDENTES

Fundamento Legal
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección del Ambiente

En el Artículo 20Bis4 se menciona que el POEL será expedido por las autoridades municipales y tendrá por objeto establecer los criterios de regulación ecológica para la protección, preservación, restauración y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales dentro de los centros de población, a fin de que sean considerados en los planes o programas de desarrollo urbano correspondientes.

Por su parte, el Artículo 20 bis 5, fracción IV establece que las autoridades locales harán compatibles el ordenamiento ecológico del territorio y la ordenación y regulación de los asentamientos humanos, incorporando las previsiones correspondientes en los programas de ordenamiento ecológico local, así como en los planes o programas de desarrollo urbano que resulten aplicables.

Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Jalisco.

En el Artículo 8 fracción II se menciona que una de las atribuciones del Municipio es Expedir el ordenamiento ecológico del territorio municipal, en congruencia con los ordenamientos general del territorio y regional del estado, que al efecto elaboren la federación y la Secretaría.

Proceso de ordenamiento ecológico
Acuerdo entre municipio de Juanacatlán e IMEPLAN

CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL IMEPLAN Y EL MUNICIPIO DE JUANACATLÁN, CON EL OBJETO DE CONJUNTAR ESFUERZOS QUE PERMITAN LA ELABORACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS DE PLANEACIÓN (Programa de Ordenamiento Ecológico Local) PARA EL MUNICIPIO DE JUANACATLÁN, JALISCO:

Para el seguimiento del acuerdo de ambas partes se definieron los siguientes:

  • Este trabajo será dirigido desde la Dirección de Planeación Metropolitana de IMEPLAN.
  • El Convenio implica la realización por parte de IMEPLAN del POEL, PMDU y 2 planes de Centro de Población, siguiendo el orden de elaboración señalado por el Código Urbano para el Estado de Jalisco.
  • El municipio debe realizar el Atlas de Riesgos Municipal.
  • El municipio no vulnera su autonomía y sigue siendo responsable de la aprobación de los instrumentos a elaborar.

CALENDARIO DE EVENTOS

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